Nuestra firma legal abogadoencomercioexterior cuenta con la experiencia de más de diez años
en el e litigio en contra de las determinaciones de Aduanas
México, defendiendo a particulares y empresas que se vieron afectadas por
las resoluciones derivadas de procedimientos en materia aduanera (PAMA),
derivado de ello, conocemos que resulta trascendente mantener una adecuada
información, asi como un contacto entre nuestra firma y nuestros representados,
para poder obtener una resolución favorable.
Entre nuestros principales servicios como abogados en
comercio exterior se encuentra la impugnación de multas impuestas por
Aduanas México, así como la impugnación de determinación de contribuciones
omitidas.
En muchas ocasiones no se trata de que las empresas o
particulares realicen una omisión en el pago de las contribuciones de
comercio exterior, sino que tal vez, exista una
indebida clasificación arancelaria, que posiciona a la operación en un marco
legal completamente diferente.
Recuerde que las determinaciones y multas impuestas en materia de comercio exterior pueden ser impugnadas dentro de los 30 días posteriores a su notificación.
Si deseas mas información no dudes en contactarnos en abogado en comercio exterior
En México, no pagar aranceles o IVA al importar mercancía constituye una infracción aduanera grave y puede acarrear severas sanciones, incluyendo multas, retención o confiscación de mercancías y hasta consecuencias penales.
Multa del 130 % al 150 % de los impuestos al comercio exterior omitidos, en caso de omitir el pago correspondientes.
Si cometida por pasajeros, 80 % a 120 % del valor comercial; en algunos casos hasta 70 %‑100 %..
70 % a 100 % del valor comercial si no se comprueban regulaciones NO arancelarias o cuotas compensatorias, salvo excepciones
100 % a 150 % del valor comercial en supuestos específicos como declaraciones falsas o irregularidades graves
Si no se enteran impuestos (IVA, cuotas compensatorias), se impone una multa del 10 % al 20 % del monto omitido, sin perjuicio de otras sanciones .
Si la infracción no derivó en omisión de contribuciones mayores de ciertos montos, puede aplicarse una multa del 55 % al 75 % de los contribuciones omitidas
Pago voluntario antes de resolución puede reducir sanciones hasta en 50 %
Datos falsos en pedimento o documentos: multas de entre 29,420 MXN y 49,050 MXN
Omisiones menores, documentos faltantes o presentación extemporánea: desde 1,670 MXN hasta 7,190 MXN dependiendo del caso
Si no declaras ni pagas aranceles ni IVA por una mercancía incorrectamente:
La autoridad puede imponer una multa de 130 % a 150 % del monto omitido.
Adicionalmente puede requerir recargos y más sanciones si hay falsedad en datos o documentos.
Por ejemplo, si omitiste pagar impuestos por 10,000 MXN, podrías enfrentar una multa de 13,000 a 15,000 MXN solamente por esa omisión.
Según la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM):
Se pueden aplicar embargos precautorios.
Existe riesgo de decomiso o abandono de mercancías.
En casos graves, podría iniciarse un procedimiento penal por contrabando
Regularización voluntaria: pagar los impuestos omitidos más los accesorios antes de ser auditado puede reducir multas
Asesoría especializada: acudir con agente o abogado aduanal.
Programa de perdón fiscal 2025: vigente hasta diciembre 2025, este permite condonación parcial de multas, recargos y gastos de ejecución si cumples ciertos requisitos y realizas la regularización dentro del plazo (aplica para IVA, aranceles y otros impuestos omitidos)
| Tipo de infracción | Multa típica |
|---|---|
| Omisión de aranceles/IVA | 130–150 % del monto omitido |
| No cumplir regulaciones no arancelarias | 70–100 % del valor comercial |
| Omisión de IVA u otros impuestos | 10–20 % del monto omitido |
| Errores en documentos o pedimento | 1,670 –49,050 MXN según caso |
| Pago voluntario antes de resolución | Hasta 50 % de reducción de la sanción |