Nuestra firma legal abogadoencomercioexterior cuenta con la experiencia de más de diez años
en el e litigio en contra de las determinaciones de Aduanas
México, defendiendo a particulares y empresas que se vieron afectadas por
las resoluciones derivadas de procedimientos en materia aduanera (PAMA),
derivado de ello, conocemos que resulta trascendente mantener una adecuada
información, asi como un contacto entre nuestra firma y nuestros representados,
para poder obtener una resolución favorable.
Entre nuestros principales servicios como abogados en
comercio exterior se encuentra la impugnación de multas impuestas por
Aduanas México, así como la impugnación de determinación de contribuciones
omitidas.
En muchas ocasiones no se trata de que las empresas o
particulares realicen una omisión en el pago de las contribuciones de
comercio exterior, sino que tal vez, exista una
indebida clasificación arancelaria, que posiciona a la operación en un marco
legal completamente diferente.
Recuerde que las determinaciones y multas impuestas en materia de comercio exterior pueden ser impugnadas dentro de los 30 días posteriores a su notificación.
Si deseas mas información no dudes en contactarnos en abogado en comercio exterior
Mercancía prohibida: está totalmente vetada su importación o exportación por razones de seguridad, salud pública, medio ambiente, moral o interés nacional.
Ejemplos: armas, drogas, residuos tóxicos, productos falsificados, flora/fauna en peligro de extinción.
Mercancía restringida: sí se puede importar/exportar, pero solo si se cuenta con un permiso, autorización o certificado emitido por una autoridad competente.
Ejemplos: textiles, electrónicos con normas NOM, químicos regulados, medicamentos, alimentos, maquinaria usada, etc.
Ley Aduanera:
Art. 176 y 178: infracciones y sanciones por importar/exportar sin cumplir con requisitos legales.
Ley de Comercio Exterior
Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE)
Ley General de Salud, Ley Federal de Armas de Fuego, CITES, entre otras, según la mercancía.
Multa del 70% al 100% del valor comercial de la mercancía.
Embargo precautorio o decomiso.
Suspensión del padrón de importadores/exportadores.
Decomiso definitivo.
Puede constituir delito federal, con consecuencias penales:
Prisión de 3 a 12 años, según la gravedad y tipo de mercancía.
Responsabilidad penal del importador, transportista o agente aduanal.
| Tipo de mercancía | Consecuencia si no cumple |
|---|---|
| Ropa usada sin autorización | Multa + decomiso |
| Productos electrónicos sin NOM | Multa del 100% del valor + retención |
| Semillas o químicos sin COFEPRIS/SAGARPA | Multa + riesgo penal |
| Réplicas de armas o drogas | Contrabando y prisión |
Consulta la fracción arancelaria en el Anexo 2.2.1 de las Reglas de Comercio Exterior para saber si tiene restricciones.
Obtén permisos previos (VUCEM) de COFEPRIS, SEMARNAT, SEDENA, SAGARPA, etc.
Verifica con tu agente aduanal antes de embarcar mercancía.
Mantén toda la documentación soporte vigente y completa.
Evita adquirir productos de origen dudoso o que estén en listas de prohibición.
La importación o exportación de mercancías prohibidas o restringidas sin cumplir los requisitos legales puede resultar en multas severas, decomiso y hasta cárcel. La prevención documental y la asesoría especializada son claves.