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Clasificación arancelaria Instrumentos musicales; sus partes y accesorios Instrumentos musicales; sus partes y accesorios

Descripcion

 La Clasificación Arancelaria que se describe en este apartado es conforme a la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación,  con el propósito de brindar información sobre operaciones de comercio exterior ante las Aduanas del País.

En el supuesto de que llegue a tener algún inconveniente en importaciones, puede considerar que todas las resoluciones de Aduanas son susceptibles de ser impugnadas ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa mediante Juicio de Nulidad,  por lo que en caso de que llegue a requerir asesoría no dude en contactar a nuestra firma legal  

Capítulo 92

Instrumentos musicales; sus partes y accesorios

Notas.

1. Este Capítulo no comprende:

a) las partes y accesorios de uso general, tal como se definen en la Nota 2 de la Sección XV, de metal común (Sección XV) y los artículos similares de plástico (Capítulo 39);

b) los micrófonos, amplificadores, altavoces (altoparlantes), auriculares, interruptores, estroboscopios y demás instrumentos, aparatos y equipos accesorios utilizados con los artículos de este Capítulo, que no estén incorporados en ellos ni alojados en la misma envoltura (Capítulos 85 o 90);

c) los instrumentos y aparatos que presenten el carácter de juguete (partida 95.03);

d) las escobillas y demás artículos de cepillería para limpieza de instrumentos musicales (partida 96.03), y los monopies, bípodes, trípodes y artículos similares (partida 96.20);

e) los instrumentos y aparatos que presenten el carácter de objetos de colección o antigüedades (partidas 97.05 o 97.06).

2. Los arcos, palillos y artículos similares para instrumentos musicales de las partidas 92.02 o 92.06, que se presenten en número correspondiente a los instrumentos a los cuales se destinen, se clasifican con ellos.

Las tarjetas, discos y rollos de la partida 92.09 se clasifican en esta partida, aunque se presenten con los instrumentos o aparatos a los que estén destinados.

CÓDIGO DESCRIPCIÓN UNIDAD CUOTA (ARANCEL) IMPUESTO DE IMP. IMPUESTO DE EXP.

92.01 Pianos, incluso automáticos; clavecines y demás instrumentos de cuerda con teclado.

9201.10 - Pianos verticales.

9201.10.01 Pianos verticales. Pza Ex. Ex.

9201.20 - Pianos de cola.

9201.20.01 Pianos de cola. Pza Ex. Ex.

9201.90 - Los demás.

9201.90.01 Pianos automáticos (pianolas). Pza 10 Ex.

9201.90.99 Los demás. Pza 15 Ex.

92.02 Los demás instrumentos musicales de cuerda (por ejemplo: guitarras, violines, arpas).

9202.10 - De arco.

9202.10.01 De arco. Pza Ex. Ex.

9202.90 - Los demás.

9202.90.01 Mandolinas o banjos. Pza 10 Ex.

9202.90.02 Guitarras. Pza 15 Ex.

9202.90.99 Los demás. Pza Ex. Ex.

92.05 Instrumentos musicales de viento (por ejemplo: órganos de tubos y teclado, acordeones, clarinetes, trompetas, gaitas), excepto los orquestriones y los organillos.

9205.10 - Instrumentos llamados "metales".

9205.10.01 Instrumentos llamados "metales". Pza Ex. Ex.

9205.90 - Los demás.

9205.90.02 Órganos de tubo y teclado; armonios e instrumentos similares de teclado y lengüetas metálicas libres. Pza 10 Ex.

9205.90.03 Acordeones e instrumentos similares. Pza 10 Ex.

9205.90.04 Armónicas. Kg 10 Ex.

9205.90.99 Los demás. Pza Ex. Ex.

92.06 Instrumentos musicales de percusión (por ejemplo: tambores, cajas, xilófonos, platillos, castañuelas, maracas).

9206.00 Instrumentos musicales de percusión (por ejemplo: tambores, cajas, xilófonos, platillos, castañuelas, maracas).

9206.00.01 Instrumentos musicales de percusión (por ejemplo: tambores, cajas, xilófonos, platillos, castañuelas, maracas). Pza 10 Ex.

92.07 Instrumentos musicales en los que el sonido se produzca o tenga que amplificarse eléctricamente (por ejemplo: órganos, guitarras, acordeones).

9207.10 - Instrumentos de teclado, excepto los acordeones.

9207.10.01 Órganos con "pedalier" de más de 24 pedales. Pza 10 Ex.

9207.10.02 Órganos, excepto lo comprendido en la fracción arancelaria 9207.10.01. Pza Ex. Ex.

9207.10.99 Los demás. Pza 15 Ex.

9207.90 - Los demás.

9207.90.99 Los demás. Pza Ex. Ex.

92.08 Cajas de música, orquestriones, organillos, pájaros cantores, sierras musicales y demás instrumentos musicales no comprendidos en otra partida de este Capítulo; reclamos de cualquier clase; silbatos, cuernos y demás instrumentos de boca, de llamada o aviso.

9208.10 - Cajas de música.

9208.10.01 Cajas de música. Pza 15 Ex.

9208.90 - Los demás.

9208.90.99 Los demás. Pza 15 Ex.

92.09 Partes (por ejemplo, mecanismos de cajas de música) y accesorios (por ejemplo: tarjetas, discos y rollos para aparatos mecánicos) de instrumentos musicales; metrónomos y diapasones de cualquier tipo.

9209.30 - Cuerdas armónicas.

9209.30.01 Cuerdas armónicas. Pza Ex. Ex.

- Los demás:

9209.91 -- Partes y accesorios de pianos.

9209.91.01 Gabinetes, muebles o sus partes. Kg 5 Ex.

9209.91.99 Los demás. Kg Ex. Ex.

9209.92 -- Partes y accesorios de instrumentos musicales de la partida 92.02.

9209.92.01 Partes y accesorios de instrumentos musicales de la partida 92.02. Kg Ex. Ex.

9209.94 -- Partes y accesorios de instrumentos musicales de la partida 92.07.

9209.94.01 Gabinetes, muebles o sus partes, para pianos. Kg 5 Ex.

9209.94.99 Los demás. Kg Ex. Ex.

9209.99 -- Los demás.

9209.99.99 Los demás. Kg Ex. Ex.